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PREGUNTAS
MÁS FRECUENTES

Actualmente, las listas de espera administradas por Renaissance Square se encuentran cerradas, por lo que no se están aceptando nuevas solicitudes. Las solicitudes solamente pueden presentarse cuando se anuncie oficialmente la apertura de la lista correspondiente.

Al momento no hay una fecha programada para la próxima apertura. Generalmente, las listas se abren aproximadamente cada dos (2) años para brindar una oportunidad a nuevas personas interesadas. Una apertura de lista no significa necesariamente que haya unidades disponibles de inmediato.

No. Renaissance Square únicamente puede recibir solicitudes durante el periodo anunciado para la apertura de la lista de espera correspondiente.

Le recomendamos consultar periódicamente la página web y los canales oficiales de Renaissance Square, o comunicarse directamente con la Oficina de Administración. Toda apertura se anunciará mediante los avisos públicos y medios de divulgación correspondientes.

No. Presentar una solicitud o figurar en una lista de espera no garantiza aprobación ni disponibilidad de una unidad. Toda admisión está sujeta al orden y las preferencias aplicables, la disponibilidad de unidades, el tamaño de habitación requerido, la actualización de documentos y la determinación final de elegibilidad.

Renaissance Square ofrece alternativas de vivienda mediante Vivienda Pública, Créditos Contributivos (LIHTC), Mercado Privado y el Programa de Sección 8. Cada programa tiene requisitos, estructura de renta, proceso de admisión y criterios de elegibilidad distintos.

Sí. Renaissance Square acepta participantes del Programa de Sección 8. Sin embargo, Renaissance Square no administra la lista de espera ni el proceso de referidos de este programa. Las personas interesadas, incluyendo quienes ya cuentan con un voucher, deben comunicarse directamente con la Administración de Vivienda Pública (AVP), Región de San Juan, al (787) 759-9407 o visitar www.avp.pr.gov.

La renta se determina conforme a los ingresos y la composición familiar del hogar, de acuerdo con la reglamentación y los límites máximos de ingresos aplicables al programa.

Las unidades de Créditos Contributivos tienen una renta fija que no se calcula según el ingreso individual del hogar. No obstante, el hogar debe cumplir con los límites máximos de ingresos y los demás requisitos del programa.

No tiene un límite máximo de ingresos. Para cualificar, el ingreso bruto mensual del hogar debe ser, como mínimo, 2.5 veces la renta mensual de la unidad solicitada, además de cumplir con los demás criterios de elegibilidad.

Las rentas actuales de las unidades de Créditos Contributivos son:

  • Una habitación: $361.50
  • Dos habitaciones: $403.50
  • Tres habitaciones: $439.50

Las rentas actuales de Mercado Privado son:

  • Una habitación: $840 mensuales; ingreso bruto mensual mínimo de $2,100.
  • Dos habitaciones: entre $977 y $992 mensuales; ingreso bruto mensual mínimo entre $2,442.50 y $2,480.

Los límites máximos de ingresos para los programas con subsidio son:

  • 1 persona: $17,400
  • 2 personas: $19,920
  • 3 personas: $22,380
  • 4 personas: $24,840
  • 5 personas: $26,880
  • 6 personas: $28,860
  • 7 personas: $30,840
  • 8 personas: $32,820

No. Cumplir con el límite de ingresos es solamente uno de los requisitos. La aprobación depende de la evaluación completa del expediente, la documentación presentada, los criterios de selección, la reglamentación aplicable y la disponibilidad de una unidad.

Según el programa aplicable, la evaluación puede incluir la composición del hogar, la verificación de ingresos y activos, los límites de ingresos, el estatus migratorio cuando aplique, el estatus estudiantil, el historial de arrendamiento, la documentación requerida y otros criterios específicos del programa.

No existe un tiempo de espera garantizado. El periodo depende de la lista aplicable, la posición y las preferencias correspondientes, la disponibilidad de unidades, el tamaño de habitación requerido, la actualización del expediente y la verificación final de elegibilidad.

Sí. Renaissance Square cuenta con unidades que incluyen características de accesibilidad conforme a los requisitos aplicables de vivienda justa. Las personas que necesiten una unidad accesible o un acomodo razonable deben informarlo durante el proceso de solicitud y elegibilidad.

No. Renaissance Square es una comunidad de apartamentos para alquiler; las unidades no están disponibles para la venta.

Puede comunicarse con Renaissance Square a través de los siguientes medios:

  • Teléfono: (787) 945-2626
  • Correo electrónico: [email protected]
  • Dirección: 65 Ave. Quisqueya, San Juan, Puerto Rico 00917
  • Horario: lunes a viernes, de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.

El complejo cuenta con apartamentos de 1, 2 y 3 habitaciones. El apartamento de una habitación es de 1 piso. Las unidades de dos (2) habitaciones pueden ser de un nivel (terreras) o de 2 niveles (“Town House”) y las unidades de tres (3) habitaciones pueden ser de un nivel (terreras) o de 3 niveles (“Town House”) con terraza en el nivel superior.

Nuestros apartamentos incluyen:

  • Estufa
  • Nevera
  • Lavadora y Secadora
  • Lavaplatos
  • Aires acondicionados en las habitaciones
  • Abanico de techo en la sala
  • Puerta con acceso digital
  • Estacionamiento con acceso controlado
  • Cámaras de seguridad
  • Gazebo y área de juegos para niños
  • Triturador de alimentos
  • Calentador de agua
  • Abanico de techo en la sala y en las habitaciones

Nuestra comunidad de apartamentos cuenta con:

  • Gazebo para actividades
  • Área de juegos para niños
  • Áreas verdes y veredas para caminar
  • Gimnasio
  • Área para compartir al aire libre
  • Salón de computadoras
  • Centro Comunitario

Para ver el interior del apartamento de 3 habitaciones, vaya a nuestra sección de Galería para ver imágenes.

Sí, se permiten mascotas dentro del complejo, pero dentro de ciertas restricciones:

  • Perros o gatos: Límite de uno (1) por hogar, y puede pesar un máximo de 25 libras.
  • Aves: Límite de dos (2) por hogar, y no más grande que un perico. Las aves siempre deben permanecer dentro de jaulas.
  • Peces: Límite de una (1) pecera con capacidad máxima de diez (10) galones por hogar. Los peces no pueden ser venenosos ni especies peligrosas (por ejemplo: Olominas y “goldfish” son permitidos).
  • Tortugas: No más de dos (2) tortugas pequeñas por hogar con un peso máximo de 15 libras. Las tortugas siempre deben permanecer en un contenedor capacitado para ellas. Las tortugas que se permiten son la Tortuga Pintada Roja o Amarilla, Tortuga Espalda de Diamante, Tortuga de Caja y tortugas comunes de tierra. La Tortuga Mordedora no se permite.
  • RESTRICCIONES: Reptiles (con excepción de las tortugas), ratones y ratas, Rottweilers o cualquier raza de Bull Terrier, o cualquier raza de perros con raza mixta que tenga características predominantes de Pitbulls y Rottweilers. (Con excepción de aquellos animales que sean considerados como Animales de Servicio).

El complejo lo administra el desarrollador, McCormack Baron Management, Inc.

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